Compromiso y Transparencia: Nuestras Políticas de Operación

En Servigtec cada una de nuestras políticas refleja nuestro compromiso con la excelencia y el cumplimiento estricto de normativas legales y estándares de calidad en Colombia. Este marco operativo asegura que todas nuestras acciones prioricen su tranquilidad y bienestar.

Conocer nuestras políticas es conocer el corazón de nuestra empresa: un modelo de trabajo fundamentado en el respeto, la ética y la innovación. Porque para Servigtec, cuidar lo que más te importa es más que un servicio, es nuestra misión.

Servigtec como empresa que presta sus servicios de vigilancia y seguridad privada implementa, gestiona y mejora mecanismos y estrategias tendientes a anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos laborales que pueden afectar la seguridad y salud en el trabajo, generando un entorno seguro y saludable, en el que se proteja la integridad física y la salud de sus colaboradores, contratistas, subcontratistas y visitantes; con el fin de lograr este compromiso, los colaboradores cumplirán las responsabilidades y normas establecidas en materia de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales, ejecutarán sus funciones con un enfoque preventivo. Nos comprometemos a cumplir las disposiciones legales vigentes y requisitos normativos aplicables, garantizando mecanismos de comunicación y consulta permanente, recursos y despliegue estratégico desde la alta dirección.

1.1 Objetivos de SST

  • 1. Identificar peligros y evaluar los riesgos, controlando y minimizando la ocurrencia de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.
  • 2. Incentivar la participación y consulta de los grupos de interés como garantía de cumplimiento de requisitos legales, normas de gestión y la conciencia del impacto de sus acciones en la salud individual y colectiva.
  • 3. Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores, mediante el desarrollo eficaz del SGSST, su mejora continua y la asignación de recursos necesarios.
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Servigtec ltda Desarrolla los principios, compromisos y programas que garanticen una sostenibilidad ambiental a través de la planeación, implementación y mejora continua de metas y objetivos concretos que fomenten la responsabilidad y cultura ambiental al interior de la organización.

2.1 Objetivos ambientales

  • 1.Desarrollar estrategias para proteger el medio ambiente a través de la prevención o reducción de los impactos ambientales negativos ocasionados en la prestación de los servicios
  • 2.Mitigar impactos ambientales negativos potenciales.
  • 3.Mejorar del desempeño ambiental con la puesta en marcha de mecanismos para controlar la forma en que damos destino final a nuestros residuos y hacemos uso de los recursos naturales y así mitigar nuestro impacto en el cambio climático.
  • 4.Lograr beneficios operacionales como resultado de la implementación de buenas prácticas ambientales
  • 5.Desarrollar procesos sistemáticos en los que se contemplen los aspectos ambientales significativos identificados, el riesgo relacionado con las amenazas y oportunidades.

Principios ambientales

Participación y gobernabilidad compartida. Se propenderá la realización y ejecución de proyectos de manera que se involucren diferentes grupos de interés con diferentes aproximaciones para minimizar el impacto ambiental y/o generar estrategias para promover la sostenibilidad.

Gestión de la dimensión ambiental. La gestión de las estrategias, evaluación del cumplimiento e implementación de acciones ambientales serán desde la alta dirección, sin embargo, en toda la dinámica de la operación tanto en los procesos de cara al cliente como los de soporte la gestión ambiental debe generarse como cultura organizacional con una conciencia colectiva que cada acción pueda impactar en el medio ambiente.

Coherencia normativa. el contexto legal y normativo a nivel colombiano e internacional, constituirá a su vez un marco de principios, compromisos y objetivos coherente a nivel de gestión ambiental y desarrollo sostenible. Se tendrán en cuenta los acuerdos internacionales para responder al cambio climático (Acuerdo de parís entre otros)

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SERVIGTEC precisa el compromiso que tiene con la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada con y sin arma, escolta a personas y mercancía, monitoreo de alarmas medio canino y medios tecnológicos BASANDOSE EN RELACIONES SEGURAS Y SOSTENIBLES y los más altos estándares de profesionalismo, velando por el respeto de los Derechos Humanos, las leyes y libertades fundamentales, y a su vez, garantizando el cumplimiento de los requisitos legales, contractuales, los requisitos suscritos voluntariamente y demás requisitos aplicables a la Organización.

SERVIGTEC promueve la gestión del riesgo permanente la mejora continua del Sistema de Gestión de Operaciones de Seguridad Privada, la cual contribuye al cumplimiento de las necesidades y expectativas de las partes interesadas, la eficiencia y optimización los procesos operativos de la Organización; evitando, previniendo y reduciendo así el impacto de las consecuencias que acarrea la ocurrencia de los eventos indeseables y perturbadores durante la prestación el servicio.

1.1 Objetivos operaciones de seguridad privada

  • Promover el respeto de los Derechos Humanos en todos los niveles de la organización y grupos de interés.
  • Cumplir con los requisitos legales, requisitos de reglamentación, estatutarios y de otra índole aplicable (incluyendo los compromisos voluntarios a los cuales se suscribe la organización).
  • Evitar y prevenir la materialización de Riesgos, actividades ilícitas, lavado de activos, financiación del terrorismo, soborno y corrupción en la cadena de suministros y en el entorno en donde se prestan los servicios.
  • Garantizar personal idóneo y competente desde la selección, incrementando internamente las habilidades de los trabajadores con un programa de capacitación y entrenamiento permanente.
  • Mantener controles de seguridad suficientes y proporcionales, que permitan proteger los activos de información de la Empresa y brindar confianza a las partes interesadas.
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4.1 Introducción

SERVIGTEC, en el ejercicio de la facultad operativa de hacer uso de la fuerza y de las armas de fuego y de letalidad reducida reconoce y respeta el valor de toda vida y dignidad humana, sin perjuicio a nadie.

El personal diariamente hace frente a una amplia variedad de situaciones, que en algunas ocasiones requieren decisiones inmediatas ante circunstancias de gran tensión e incluso peligrosas. Por lo anterior se precisa necesario valorar la respuesta adecuada a estas situaciones, comprendiendo y apreciando la autoridad y limitaciones que se tienen para ello.

4.2 Objetivo

Esta política tiene como objetivo proporcionar pautas para el uso de la fuerza en el contexto operativo de la Empresa, de manera profesional, imparcial y razonable con base en el respeto del Derecho Internacional Humanitario, principios de proporcionalidad y la normatividad legal nacional.

4.3 Alcance

Aplica para el personal operativo y demás trabajadores que requieran hacer uso de la fuerza en el desempeño de sus funciones durante la protección a personas o activos custodiados por la Empresa.

4.4 Principios para el uso de la fuerza

  • Principio de necesidad: el personal Operativo en el ejercicio de sus funciones utilizará en la medida de lo posible medios no violentos antes de recurrir al empleo de la fuerza y de las armas de fuego. Podrán utilizar la fuerza y armas de fuego únicamente cuando otros medios resulten ineficaces o no garanticen el logro del resultado previsto.
  • Principio de legalidad: el uso de la fuerza está dirigido a lograr un objetivo legal, este se hará dentro del marco jurídico vigente nacional e internacional.
  • Principio de la proporcionalidad: cuando el uso de la fuerza sea inevitable, el personal operativo lo hará con moderación y actuará en proporción a la gravedad de la amenaza y el objetivo legítimo que quiere lograr.

4.5 Consideraciones para el uso de la fuerza

  • El personal únicamente hará uso de la fuerza en defensa propia, defensa de otros, para restringir el acceso o prevenir la destrucción de una propiedad específica.
  • El personal únicamente hará uso de la fuerza letal o de las armas de fuego en caso de defensa propia o defensa de terceros frente a una amenaza inminente de muerte, de una lesión corporal grave o para prevenir la comisión de un delito que implique un peligro para la vida de una persona.

4.6 Empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales

  • Deben ser suministrados por SERVIGTEC LTDA como elemento de dotación en el marco de la prestación del servicio en la Operación de Seguridad Privada.
  • El personal previo a ser dotado con estos elementos deberá contar con la debida capacitación práctica teórica para el empleo de letalidad reducida.
  • El empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales se hará bajo estricta observancia de los principios de necesidad, legalidad y proporcionalidad.
  • El personal al término de su contrato laboral deberá entregar las armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales que se hayan asignado, de igual forma lo deberán hacer quienes salgan a vacaciones, permisos, licencias, incapacidades, suspensiones, entre otros.
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5.1 Introducción

El compromiso que tiene SERVIGTEC con los altos niveles de ética, respeto y confianza en sus Operaciones de Seguridad Privada es un factor clave para su éxito y reputación integral en el mercado. La conducta diaria del personal está guiada por las políticas y valores corporativos.

La Política del denunciante es un elemento importante para la Empresa, mediante el cual se fomenta una cultura organizacional en la que los trabajadores o contratistas pueden denunciar sin temor a represalias, cualquier irregularidad evidenciada que afecte significativamente la fuerza laboral, la empresa o partes interesadas (clientes, proveedores, usuarios, comunidad), de este modo, la política respalda el cumplimiento del Código de ética, conducta y buen gobierno.

5.2 Objetivo

En esta política se describe la protección o garantías para el denunciante, el mecanismo para hacer una denuncia, así como los canales de comunicación disponibles.

5.3 Alcance

Aplica para las personas que trabajan en nombre de SERVIGTEC que tienen la creencia razonable que se ha cometido una conducta irregular denunciable.

5.4 Definiciones

  • Conducta perjudicial: acción que tiene un impacto o implicación negativa contra una persona que ha presentado una denuncia.
  • Creencia razonable: idea o pensamiento que se asume como verdadero, que está basado en la razón o en la lógica.
  • Denunciante: es una persona que presenta una irregularidad denunciable de la manera descrita en esta política.
  • Irregularidad: incumplimiento de un reglamento, código, política o procedimiento aplicable.

5.5 Conductas que se pueden denunciar

Actividades, actos o acciones irregulares que van en contra de los Derechos Humanos, en contra de la ley o que ponen en juego el buen nombre de SERVIGTEC, o de sus Clientes.

Algunos ejemplos de actos, actividades o acciones que son denunciables, incluyen, entre otros:

  • Uso inadecuado de la fuerza o de las armas asignadas al servicio, que ponga en riesgo la vida de una persona.
  • Discriminación por raza, discapacidad, religión, edad, nacionalidad u orientación sexual.
  • Acoso sexual o cualquier acto que trasgreda los derechos humanos ya sea proveniente de algún trabajador interno, compañero de trabajo, jefe, cliente o usuario.
  • Desviación o uso indebido de información reservada, confidencial o restringida.
  • Actividades fraudulentas como robo o desfalco.
  • Ofrecimiento o aceptación de sobornos u otros pagos, beneficios ilegales o indebidos.
  • Desarrollo u ocultamiento de actividades ilícitas tales como lavado de activos y financiación del terrorismo.
  • Incumplimiento del Código de ética, conducta y buen gobierno.
  • Participar o amenazar con conductas perjudiciales contra una persona que ha hecho una denuncia, que se cree o se sospecha que está planeando hacer una denuncia.

Las denuncias relacionadas en esta política EXCLUYEN quejas personales relacionadas con el trabajo, algunos ejemplos incluyen:

  • Un conflicto interpersonal entre dos o más Colaboradores (en este caso deberá ser denunciado ante el comité de convivencia)
  • Una acción disciplinaria (Llegadas tarde a laborar, tiempos de sueño en el lugar de trabajo, encontrarse en estado de embriaguez o bajo la influencia de psicoactivos durante la jornada laboral, entre otros).

Las quejas personales relacionadas con el trabajo no califican para la protección al denunciante bajo esta Política. Las quejas personales relacionadas con el trabajo deben presentarse a su jefe inmediato.

Denuncias falsas o engañosas

Al presentar una denuncia, SERVIGTEC, da por hecho que se tienen los motivos razonables para sospechar que la irregularidad es verdadera, no obstante, si la información resulta ser incorrecta después de haber llevado a cabo la investigación, no se tomará ningún tipo de medida contra el denunciante. En cambio, en el caso que se presente una denuncia que sea falsa, maliciosa o en beneficio personal, esto acarreará acciones disciplinarias, sancionatorias o legales según sea el caso.

  • Deben ser suministrados por SERVIGTEC LTDA como elemento de dotación en el marco de la prestación del servicio en la Operación de Seguridad Privada.
  • El personal previo a ser dotado con estos elementos deberá contar con la debida capacitación práctica teórica para el empleo de letalidad reducida.
  • El empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales se hará bajo estricta observancia de los principios de necesidad, legalidad y proporcionalidad.
  • El personal al término de su contrato laboral deberá entregar las armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales que se hayan asignado, de igual forma lo deberán hacer quienes salgan a vacaciones, permisos, licencias, incapacidades, suspensiones, entre otros.

5.6 Mecanismo para presentar una denuncia

Para presentar una denuncia en virtud de esta política, se disponen de los siguientes canales de atención. Puede elegir el canal que sea más apropiado dada la naturaleza de la denuncia.

Línea ética: 310 755 0452

Correo electrónico: comunicaciones@servigtec.com

¿Qué debe incluir la denuncia?

Para llevar a cabo la investigación de la denuncia, esta debe incluir como mínimo los siguientes detalles:

  • Fecha, hora y lugar
  • Nombre de las personas involucradas, cargo, contrato o cliente para el cual trabaja
  • Su relación con las personas involucradas
  • Cómo se enteró de la situación
  • Posibles testigos
  • Pruebas que respalden su denuncia

5.7 Protección al denunciante

Cuando el denunciante reporte la irregularidad, SERVIGTEC tiene la responsabilidad de protegerlo, lo que incluye mantener la confidencialidad de su identidad y asegurar que no esté sujeto a una conducta perjudicial.

Protección contra represalias

SERVIGTEC, no emprenderá ni tolerará ninguna acción adversa con el denunciante que de buena fe reporte una irregularidad o con las personas que estén involucradas en la investigación de la denuncia.

Algunos ejemplos de conductas perjudiciales incluyen:

  • Despido del empleado o alteración del puesto de trabajo en su desventaja o retroalimentación negativa sobre el desempeño que no refleja el desempeño real.
  • Acoso, intimidación o amenazas de causar perjuicio.

Confidencialidad y protección de la identidad

El denunciante podrá optar por presentar la irregularidad de forma anónima. Cuando el denunciante presente información que pueda identificarlo, esta solo se compartirá cuando se tenga su consentimiento o cuando la ley lo requiera.

Por otro lado, cuando el cliente se vea afectado por la irregularidad denunciada, SERVIGTEC, se lo informará manteniendo protegida la identidad del denunciante y de las personas que participen en la investigación.

5.8 Investigación de las denuncias

Todas las denuncias serán evaluadas cuidadosamente por el Oficial de Cumplimiento de Servigtec, determinando si se requiere una investigación y se cuenta con las evidencias suficientes para sustentar los hechos denunciados; en caso de ser así, se designará a un investigador, quien será el encargado de recopilar la información necesaria, para analizar el hecho y presentar un informe a la Gerencia y así determinar las acciones apropiadas a tomar.

Cuando sea posible, SERVIGTEC, le informará al denunciante una vez se haya completado la investigación, el resultado de la misma o las acciones tomadas respetando la privacidad de todos los implicados.

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SERVIGTEC LTDA. reconoce la problemática y los efectos que genera en los procesos de desarrollo de personas, familias y comunidades LAS ADICCIONES por tal motivo, fija la siguiente política, la cual será un requisito para el desarrollo de la labor de todos los TRABAJADORES y CONTRATISTAS.

En cuanto al consumo de sustancias psicoactivas- drogas- medicamentos no recetados- alcohol-vapeadores y tabaco:

Queda estrictamente prohibido el consumo de alcohol, sustancias psicoactivas, tabaco, drogas no recetadas y vapeadores, por parte de los Trabajadores/contratistas, durante las horas de trabajo, sean estas dentro o fuera de las instalaciones de la misma.

  • El uso ilícito de drogas legales (incluye, medicamentos o sus componentes), posesión, distribución y venta de drogas ilegales por parte de TRABAJADORES/CONTRATISTAS en las instalaciones de la compañía, el cliente o en el desarrollo de sus negocios, está estrictamente prohibido.
  • Cuando la Gerencia así lo solicite, se requerirá de pruebas de detección de alcohol y drogas como requisito para ingresar a la compañía.
  • Se realizarán pruebas al azar detección consumo de alcohol y drogas durante las horas de trabajo. Todo empleado o contratista será sometido a estas pruebas, REALIZANDO mayor enfoque en los empleados/contratistas de niveles altos de Riesgo.
  • Es responsabilidad de cada empleado asegurarse que mientras este en servicio no se encuentre bajo los efectos del alcohol, drogas o cualquier medicina que pueda influenciar negativamente su conducta. En caso de tomar medicamentos psiquiátricos, para control de sueño o que lleguen a alterar su conducta debe informarlo al área de seguridad y salud, radicando la formula médica.
  • Sobre la base de presentarse por primera vez bajo la influencia del alcohol o drogas, o que la prueba resulte positiva, el TRABAJADOR/CONTRATISTA no podrá ingresar a sus labores habituales y será devuelto para posteriormente ser citado a una debida diligencia y proceso disciplinario.

Siendo un requisito desde la contratación, el empleado que se niegue a evaluaciones médicas, pruebas de alcoholemia o exámenes de laboratorio cuando existan motivos para sospechar de la utilización de bebidas alcohólicas, drogas, sustancias alucinógenas enervantes o que creen dependencia, constituirá también motivo suficiente para imponer de inmediato una sanción disciplinaria que irá desde la suspensión temporal en el trabajo, hasta la cancelación, por justa causa, del contrato de trabajo, de acuerdo a las circunstancias.

La terminación del contrato de trabajo ocurrirá bajo las siguientes circunstancias:

  • 1.Resultar positiva por primera vez la prueba en niveles a partir de grado
  • 2.El uso, posesión, distribución o venta de alcohol y drogas ilegales en el sitio de trabajo
  • 3. Negarse a la realización de pruebas en sitio o de laboratorio para comprobar la utilización de bebidas alcohólicas, drogas, sustancias alucinógenas enervantes o que creen dependencia es causa justa de terminación del contrato.
  • 4. En el caso de contratistas de SERVIGTEC LTDA., que se presenten bajo la influencia del alcohol o drogas que afecte su desempeño, se exigirá el cambio inmediato del personal involucrado. Todo Contratista de SERVIGTEC LTDA. Se sujetará al cumplimiento de esta política y será tratado bajo sus preceptos.
  • 5. En caso de ser reincidente o se compruebe el descuido de sus funciones o su nivel de desempeño disminuya por alguna adicción y habiendo agotado las intervenciones y acompañamientos, suscrito compromisos de terapias o seguimiento médico no cumplidos el trabajador será cita a debida diligencia y según las pruebas presentadas se tomará acción disciplinaria.

En cuanto a otras adicciones:

Servigtec a través del fortalecimiento de los factores protectores, procesos de prevención, tratamiento, rehabilitación integral e inclusión social, que aborden de manera transversal la reducción de daños como las acciones que hacen parte de la atención integral y que minimizan la afectación individual y colectiva. Este enfoque, reconocerá siempre la dignidad humana como fundamento de los derechos humanos en su relación ineludible con el desarrollo, considerando al ser humano como fin en sí mismo

El trabajador /contratistas que presente patologías de adicción tales como:

  • Adicciones de conducta: al juego, sexo, trabajo, Internet, sectas, religión, relaciones (codependencia) entre otras.
  • Adicciones de ingestión (comida): anorexia, bulimia, comedor compulsivo.

En cualquier nivel debe declararlo al área de SST para realizar el seguimiento a su tratamiento a través de la EPS de cada trabajador. Esto con el fin de no ver afectado su rendimiento laboral, caer en descuidos u omisiones que menoscaben la prestación del servicio y permita la afectación de la integridad del trabajador como de terceros.

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Introducción

SERVIGTEC LTDA. es una empresa comprometida con el respeto de los derechos humanos y la no discriminación en el marco de sus principios y valores, reconoce la importancia de la Conducta Empresarial responsable. Específicamente, SERVIGTEC LTDA. acoge e interioriza lo establecido en los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de Naciones Unidas, las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales sobre Conducta Empresarial responsable y en los Principios relativos a los derechos establecidos en las Declaraciones y Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Así mismo, reconoce la importancia de lo establecido en los Objetivos de Desarrollo Sostenible y en los 10 Principios de Pacto Global de Naciones Unidas y la adopción del referente técnico del Ministerio de interior de “no discriminación

Esta política de derechos humanos refleja el compromiso al más alto nivel directivo de SERVIGTEC LTDA. a actuar con integridad y responsabilidad en sus operaciones y relaciones comerciales, así como crear un entorno de trabajo donde se respete la dignidad, igualdad y diversidad de todas las personas involucradas con la empresa, incluyendo empleados, clientes, proveedores y la comunidad en general.

Por lo anterior, SERVIGTEC LTDA. se compromete a generar espacios, iniciativas y actividades para promover el respeto por los derechos humanos al interior de la organización, así como implementar estrategias que permitan la prevención, mitigación o reparación de afectaciones generadas a los derechos humanos en el marco de sus operaciones con el fin de llevar a cabo las acciones enmarcadas dentro de los procesos de debida diligencia.

SERVIGTEC LTDA. reconoce que este compromiso no solo es una responsabilidad ética, sino también una contribución al éxito sostenible a largo plazo de la empresa. Al respetar los derechos humanos, se fomenta la confianza, la lealtad y la productividad de sus empleados, fortalece sus relaciones con clientes y socios comerciales, y genera un impacto positivo en las comunidades donde opera.

Objetivo

La presente política de derechos humanos tiene como objetivo establecer el compromiso de SERVIGTEC LTDA. con el respeto de los derechos humanos e integrar estos principios y prácticas en todas las operaciones, relaciones y actividades de la empresa, garantizando un entorno de trabajo ético, inclusivo y respetuoso conforme a los estándares internacionales de derechos humanos.

Así mismo, esta política permite fijar las expectativas de comportamiento de todas las personas empleadas y colaboradoras, proveedores, clientes, socios comerciales y otros grupos de interés con los que se relaciona en el marco de sus operaciones.

Alcance

Esta Política es aplicable a SERVIGTEC LTDA. a nivel nacional y tendrá una temporalidad de 3 años con el fin de ser implementada entre el 2024 y el 2027, periodo en el cual se realizará un balance de su implementación con los respectivos hallazgos y retos para poder definir su siguiente versión.

Igualmente, será exigible a todos sus empleados y colaboradores. Adicionalmente, SERVIGTEC LTDA. promoverá que sus proveedores y socios comerciales actúen conforme a los estándares, lineamientos y principios establecidos en esta Política.

Principios generales

Los siguientes principios buscan orientar la comprensión e implementación de esta política y responden a lo establecido en los principios constitucionales y el derecho internacional de los derechos humanos.

  • 1. Respeto a los Derechos Humanos.
  • 2. Garantizar un trato digno y respetuoso.
  • 3. Igualdad y no discriminación.
  • 4. Equidad e inclusión.
  • 5. Respeto y reconocimiento de los derechos laborales.
  • 6. Protección y respeto del Medio Ambiente

Compromisos específicos

1. Actuar con debida diligencia en derechos humanos

SERVIGTEC LTDA. se compromete a incorporar la debida diligencia en el desarrollo de su actividad comercial, con el fin de identificar cuáles son los posibles riesgos e impactos que puede generar sobre los derechos humanos, así como definir medidas y pasos a seguir para prevenir y mitigar estos impactos. Para lo anterior, se compromete a:

  • Impulsar una cultura de respeto de los derechos humanos al interior de SERVIGTEC LTDA., promoviendo espacios de sensibilización y capacitación al interior de la compañía y cuando sea pertinente con otros grupos de interés.
  • Realizar periódicamente procesos de debida diligencia en derechos humanos e incorporar sus resultados en los procedimientos establecidos al interior de la compañía.
  • Definir e implementar las acciones de prevención y mitigación de los posibles impactos negativos identificados en materia de derechos humanos.
  • Realizar un monitoreo permanente de los riesgos e impactos identificados, así como del cumplimiento de las acciones definidas.
  • Comunicar externamente todos los avances en materia de debida diligencia y actuar siempre con total transparencia con las instituciones públicas, socios y grupos de interés.
  • Integrar el enfoque de derechos humanos en las actividades y relaciones comerciales de SERVIGTEC LTDA.

Específicamente en el marco del proceso de debida diligencia adelantado con el apoyo de la Cámara de Comercio de Bogotá en 2023, SERVIGTEC LTDA. se compromete a gestionar de manera adecuada los riesgos relacionados con los siguientes derechos priorizados:

  • Derecho al trabajo y condiciones de trabajo satisfactorias.
  • Derecho a la seguridad alimentaria.
  • Derecho a la seguridad personal.
  • Derecho a la igualdad y no discriminación.
  • Principios de seguridad y salud en el trabajo.
  • Derecho a un medio ambiente sano.
  • Derecho a la libertad de asociación y libertad sindical.
  • Derecho a la salud.

2. Remediar los impactos a los derechos humanos

  • Remediar aquellos impactos negativos que puedan generarse sobre los derechos humanos de nuestros diferentes grupos de interés como titulares de derechos.
  • Establecer y mantener canales de denuncia confidenciales y accesibles para que los empleados y otras partes interesadas puedan informar sobre posibles violaciones de derechos humanos.
  • Investigar y tomar medidas apropiadas en respuesta a denuncias sobre posibles violaciones de derechos humanos.

3. Consolidar relaciones con nuestros grupos de interés basadas en el respeto de los derechos humanos

  • Socializar y comunicar la presente política con todos los grupos de interés con los que se relaciona SERVIGTEC LTDA, a través del diálogo proactivo y la gestión responsable y transparente.
  • Respetar los derechos humanos de todos las personas empleadas y colaboradoras de SERVIGTEC LTDA, especialmente los relacionados con la igualdad y no discriminación, trabajo digno, seguridad y salud y libertad de asociación, entre otros.
  • Respetar los derechos humanos de los clientes y garantizar un trato respetuoso de ellos hacia las personas empleadas y colaboradoras de SERVIGTEC LTDA.
  • Rechazar cualquier tipo de discriminación hacia los clientes y personas usuarias de productos o servicios de SERVIGTEC LTDA.
  • Respetar en todo momento el derecho a la intimidad, protegiendo y haciendo un uso correcto de los datos personales confiados por las personas empleadas y colaboradoras, proveedores, clientes y otros usuarios de SERVIGTEC LTDA.
  • Establecer relaciones de respeto y cooperación con las comunidades locales con las que se relaciona SERVIGTEC LTDA con el fin de minimizar los impactos adversos y promover relaciones y entornos sostenibles.

Documentos relacionados.

Esta política se complementa con los siguientes documentos y procesos previamente establecidos por SERVIGTEC LTDA:

  • Código de Ética, conducta y buen gobierno
  • Sello de no discriminación Otorgado por el Icontec REf. Min. Interior.
  • Matriz de comunicación canales de denuncia, radicación de PQRS.
  • Política de datos personales y acuerdos de confidencialidad y uso de la información.
  • Acuerdo de respeto de derechos humanos con proveedores y contratistas.
  • Compromisos contractuales con clientes frente al respeto de los derechos humanos.
  • Comité de Derechos Humanos

Difusión y actualización

Esta política de derechos humanos es de carácter público y ha sido aprobada por la Gerencia en Comité del alta Gerencia de SERVIGTEC del 2 de noviembre de 2023, con el apoyo y acompañamiento de la Cámara de Comercio de Bogotá en el marco del Proyecto “Acompañamiento e implementación de la Guía de Debida Diligencia para PYMES de Bogotá – Región«. SERVIGTEC LTDA se compromete a asegurar que esté disponible a los diferentes actores y grupos de interés.

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Servigtec Ltda consiente de su compromiso con la seguridad, salud en el trabajo y medio ambiente establece estrategias de concientización en los riesgos viales a todos los funcionarios y contratistas provistos con vehículo de la empresa o de terceros y con todos los actores en el dinamismo vial: conductores, pasajeros, ciclistas, motociclistas y peatones, a través de actividades de promoción y prevención de accidentes de tránsito en vías públicas, urbanas y nacionales. Con orientación permanente a la prevención y la participación responsable de cada colaborador en todas las actividades de capacitación, orientación, mantenimiento y control. Se trabajará de la mano con las autoridades y la ARL mejorando los índices de accidentalidad y ausentismo derivados del Riesgo vial.

Los trabajadores y contratistas de nuestra organización deben cumplir con la reglamentación vigente en materia de tránsito y transportes y aplicar las disposiciones dadas en el plan estratégico de seguridad Vial PESV; reportando cualquier situación anormal o de impacto en el desarrollo de la actividad que se considere negativa para el logro de los objetivos.

Principios

  • Compromiso Gerencial en la concientización y participación del aseguramiento vial. Control de los riesgos para disminuir los índices de accidentalidad vial.
  • Contar con un grupo de conductores competentes de acuerdo al perfil establecido, que velen por su seguridad y los demás actores en la vía.
  • Concientizar al pasajero, peatón, conductor, ciclista y motociclista en las normas de seguridad, fomentando su bienestar, manejo defensivo y la promoción de comportamientos seguro.
  • Tener un parque automotor dentro de los mayores estándares de confiabilidad técnico- mecánico con cumplimiento estricto del programa de Seguridad Vial.
  • Dar cumplimiento a la legislación vigente en seguridad vial y otros requisitos a los que la empresa suscriba en el desarrollo de sus actividades.
  • Respetar los niveles de velocidad máxima en el perímetro urbano de 60 Km por hora y en zonas residenciales de 30 Km por hora.
  • Se prohíbe transportar en los vehículos asignados por la empresa, personas que no hagan parte del equipo de trabajo para la misión establecida, al igual que elementos o insumos diferentes a los suministrados por la empresa.
  • Bajo ninguna circunstancia se podrán transportar trabajadores en partes de vehículos que no garanticen la seguridad del pasajero, tales como platones, furgones, parrillas, estribos etc.
  • Cada incidente debe ser reportado e investigado para establecer acciones de mejora pertinentes y así evitar la recurrencia.

Esta política es de obligatorio cumplimiento para todos los empleados y contratistas de SERVIGTEC Ltda.

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POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
SERVIGTEC LTDA

I. Marco Normativo y Objeto

La Ley Estatutaria 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013, el Decreto 1074 de 2015 y demás normas concordantes regulan la protección de datos personales en Colombia, desarrollando el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar, rectificar y suprimir información recogida en bases de datos o archivos, conforme a los artículos 15 y 20 de la Constitución Política.

SERVIGTEC LTDA adopta la presente Política de Protección de Datos Personales con el fin de:

• Salvaguardar los derechos de los titulares.
• Regular el tratamiento de datos personales en desarrollo de sus actividades.
• Garantizar la adecuada administración, uso, custodia y confidencialidad de la información suministrada por parte de clientes, trabajadores, proveedores y demás grupos de interés.

Cumplimiento Normativo Sectorial

Además de la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y el Decreto 1074 de 2015, SERVIGTEC LTDA da estricto cumplimiento a la Circular Externa No. 20231300000585 del 19 de mayo de 2023, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, mediante la cual se conmina a todos los servicios de vigilancia y seguridad privada a dar cumplimiento a la normatividad relacionada con la protección de datos personales.

En desarrollo de esta Circular, SERVIGTEC LTDA se compromete expresamente a:

1. Informar y garantizar el ejercicio de los derechos de los titulares de los datos personales a conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recopilado de ellos.
2. Tramitar y dar respuesta oportuna a las consultas, solicitudes y reclamos en un término de 15 días hábiles contados de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm.3. Utilizar los datos que hayan sido recolectados para la finalidad que haya sido informada, en este sentido es necesario que se establezca en la política de tratamiento de datos personales, que la información podrá ser compartida entre otros, a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, Policía Nacional y entes de control.
4. Tratar únicamente los datos se encuentren autorizados o no requieran autorización, bajo este sentido, los servicios deberán gestionar la autorización escrita, expresa e informada del titular de la información y conservar la misma.
5. Implementar las medidas de seguridad, acceso y conservación de la información.
De esta manera, SERVIGTEC LTDA reafirma su compromiso con la protección de datos personales, la transparencia en el manejo de la información y el cumplimiento de las disposiciones legales y sectoriales que rigen la vigilancia y seguridad privada en Colombia.

II. Ámbito de Aplicación

Esta política aplica a:

• Clientes y usuarios de servicios, especialmente en contratos de vigilancia y monitoreo de cámaras, donde la custodia de la información recae en el cliente.
• Trabajadores y exempleados.
• Proveedores y contratistas.
• Entidades públicas y privadas.
• Aliados estratégicos y demás grupos de interés definidos en el Código de Ética y Buen Gobierno Corporativo SVT
Las disposiciones cubren todas las sedes, contratos y servicios de SERVIGTEC LTDA en Colombia.

 

Nombre o razón social Servicio de Vigilancia Técnico SERVIGTEC LTDA
Nit 860060112-3
Matricula N° 00122229
Tipo de sociedad Sociedad comercial
Tipo de organización Sociedad limitada
Dirección Carrera 63 No 98-45 de Bogotá D.C.
Centro de contacto 601 766 6940
Celular 310 755 0452
Correo eléctronico gerencia@servigtec.com
Consulte aquí el documento oficial

Servigtec bajo sus mecanismos de control, ética y transparencia a través
de su SAGRILAFT se abstendrá de establecer cualquier relación de
negocios o de cualquier otro tipo con personas naturales o jurídicas
cuando se presenten elementos que conlleven dudas fundadas sobre la
legalidad de las operaciones o licitud de los recursos. Para estos efectos,
no se establecerá ninguna relación de negocios o de cualquier otro tipo
con personas naturales o jurídicas incluidas en listas consideradas por
Servigtec como restrictivas. Las actividades que se realizan para la
prestación del servicio con sus Asociados son estrictamente
confidenciales y la información relacionada no debe ser difundida ni
internamente ni externamente.

Políticas para vinculación de Asociados:

Toda persona natural o jurídica que desee vincularse contractualmente con
Servigtec deberá cumplir con los requisitos contemplados en el Sagrilaft y los
procedimientos internos establecidos por el Sistema Integral de Gestión.

Todo asociado debe suministrar la documentación y datos solicitados y deberá
ser consultado en las listas restrictivas / vinculantes ONU.

Si se determina por la criticidad de la operación y el volumen de
servicios/productos debe realizarse visita presencial al domicilio del asociado o
instalaciones físicas con tal de verificar la legalidad de sus operaciones.

Políticas para la vinculación de Empleados/contratistas:

Servigtec desde su Sistema Integral de Gestión ha establecido un proceso
interno para la selección y vinculación de personal el cual debe cumplirse en
cada una de las etapas allí descritas por parte del área de Recursos Humanos.

Cualquier persona que aspire a vincularse como empleado, no podrá haber
sido sancionado por ningún tipo de delitos, incluidos los relacionados con
lavado de activos y financiación de terrorismo.

Cuando se compruebe la participación de un empleado en actividades
internas o externas relacionadas con lavado de activos y financiación de
terrorismo será inmediatamente desvinculado.

Consulte aquí el documento oficial

En SERVIGTEC LTDA., trabajamos bajo un sistema integrado de gestión que asegura la prestación de servicios de asesoría, consultoría, seguridad física, seguridad electrónica, seguridad con medio canino, y protección de personas, vehículos y mercancías, con un enfoque en la gestión integral del riesgo. Nuestro objetivo es prevenir posibles desviaciones o no conformidades, garantizando la calidad, protección y preservación del ambiente, así como la seguridad y la salud en el trabajo.

Por lo tanto, nos comprometemos a:

– Prestar servicios de seguridad de alta calidad que cumplan con las necesidades y requisitos contractuales de nuestros clientes.

– Contar con planes de respuesta ante emergencias que salvaguarden la seguridad y la salud de nuestros empleados, partes interesadas y el medio ambiente.

– Proteger, preservar y gestionar la integridad, confidencialidad, y disponibilidad de los activos de información, así como garantizar la continuidad de las operaciones, previniendo incidentes mediante la gestión de riesgos integrales en seguridad y privacidad de la información. Esto se logra a través de la implementación de controles de seguridad físicos y digitales, orientados a la mejora continua del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información.

– Evitar, prevenir y reducir la probabilidad de consecuencias derivadas de eventos no deseables o perturbadores en nuestras operaciones.

– Planificar y desarrollar actividades orientadas al uso racional de recursos naturales y fomentar la responsabilidad social con nuestras partes interesadas, considerando sus expectativas dentro de un marco ético y participativo.

– Promover la mejora continua y la eficacia del sistema integrado de gestión mediante la formulación, comunicación y seguimiento de los objetivos de cada uno de los procesos de la compañía, con un enfoque socialmente responsable, hacia la protección de trabajadores y partes interesadas.

– Generar valor e innovación.

– No financiar ni participar en actividades ilícitas o en grupos al margen de la ley.

– Cumplir con la legislación, normas, reglamentaciones y obligaciones con partes interesadas aplicables a nuestras actividades, así como otros requisitos que voluntariamente suscriba la organización en materia de calidad, seguridad, salud en el trabajo y medio ambiente en las operaciones de SERVIGTEC a nivel nacional.

– Proporcionar condiciones de trabajo seguras y saludables para prevenir lesiones y deterioros de salud relacionados con el trabajo.

– Promover el desarrollo, protección y bienestar de nuestros trabajadores, garantizando calidad de vida laboral, prevención de enfermedades laborales, accidentes, contaminación, daños a la propiedad e impactos socio-ambientales.

– Identificar constantemente peligros y aspectos ambientales, evaluar, valorar y controlar riesgos e impactos. Esto incluye eliminar peligros y reducir riesgos generados por la organización en todos sus puestos de trabajo, involucrando a todos los trabajadores, contratistas, visitantes y demás partes interesadas.

– Mantener la integridad de los procesos y prevenir/controlar el contrabando, terrorismo, lavado de activos, narcotráfico, fraude, corrupción, soborno y otras actividades ilícitas en nuestras operaciones de seguridad y en la cadena de suministro.

En Bogotá D.C., a 9 de diciembre de 2024, siendo las 11:40 horas, la Alta Gerencia de la compañía aprueba la presente política y se compromete a respaldar económica y activamente los programas establecidos para su cumplimiento, así como a mantenerla actualizada, disponible y difundida al personal, contratistas, clientes y otras partes interesadas.

1. OBJETIVO GENERAL:

De conformidad con la ley 2191 de 2022 la política de desconexión laboral tiene por objeto “implementar la desconexión laboral de los trabajadores de SERVIGTEC LTDA., durante la ejecución de funciones laborales sin importar la modalidad contractual pactada entre las partes, con el fin de garantizar el goce efectivo del tiempo libre y los tiempos de descanso, licencias, permisos y/o vacaciones para conciliar la vida personal, familiar y laboral.

Con base en lo anterior, el objetivo de esta política consiste en establecer los lineamientos que todo jefe y trabajador en SERVIGTEC LTDA., debe seguir para asegurar la desconexión laboral de los trabajadores.

Con el propósito de formalizar la Desconexión Laboral, esta política permite al empleador definir, establecer y divulgar los lineamientos para aplicar la desconexión, los cuales se deben dar a conocer a todos los trabajadores.

2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

En concordancia con los previsto en el artículo 5o de la ley 2191 de 2022 los objetivos específicos de la política de desconexión laboral son:

a. Definir el procedimiento para garantizar y ejercer el derecho a la desconexión laboral de todos los trabajadores de SERVIGTEC LTDA, incluyendo el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).

b. Determinar el procedimiento interno para el trámite de las quejas que garantice el debido proceso e incluya mecanismos de solución del conflicto, verificación del cumplimiento de los acuerdos alcanzados y de la cesación de la conducta.

c. Un procedimiento interno para. el trámite de las quejas que garantice el debido proceso e incluya mecanismos de solución del conflicto y verificación del cumplimiento de los acuerdos alcanzados y de la cesación de la conducta.

3. ALCANCE:

La política va dirigida a todos los trabajadores de SERVIGTEC, con excepción de aquellos, que la legislación laboral y la ley 2191 de 2022, establece como exentos de dicha regulación, así:

a. Trabajadores que desempeñan cargos y/o funciones, que tienen la calidad de dirección, confianza y manejo.

b. Aquellos trabajadores, que, por causa de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, se requieran para cumplir deberes extra de colaboración con la empresa, cuando sean necesarios para solucionar situaciones difíciles o de urgencia en la operación de la empresa, siempre que se justifique la inexistencia de otra alternativa viable.

c. Los trabajadores que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan deban tener una disponibilidad permanente.

4. FUNDAMENTO LEGAL: La normatividad aplicable para este procedimiento es la relacionada a continuación: Ley 2191 de 2022 de Desconexión laboral, Ley 1010 de 2006 de Acoso Laboral

5. GARANTÍA DE DESCONEXIÓN LABORAL:

A continuación, se establecen los términos previstos para la desconexión laboral, así:

a. La desconexión laboral inicia, una vez el trabajador ha finalizado la jornada laboral pactada o ha iniciado el disfrute del periodo de licencia, vacaciones, permisos, etc.

b. Los trabajadores tendrán derecho a disfrutar de los periodos de descanso, licencias, permisos, vacaciones, esto, con el fin de que pueda gozar de dichos espacios en comunión con su familia, amigos y esparcimiento personal.

c. Una vez finalizada la jornada laboral o iniciado el periodo de permiso, licencia y/o vacaciones, el trabajador no se encuentra en la obligación de atender llamadas, mensajes, correos, etc., siempre y cuando, no se trate de un hecho URGENTE, GRAVE, DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, en el cual se requiera de la atención por parte del trabajador, con el fin de que el buen funcionamiento de la Empresa no se vea afectado.

d. Aquellos Trabajadores que desempeñan cargos y/o funciones, que tienen la calidad de dirección, confianza y manejo, se encuentran exentos de la regulación de la jornada máxima legal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 del C.S.T., por tanto, también se encuentra incluido, dentro de las excepciones de aplicación de la ley 2191 de 2022, que trata sobre desconexión laboral.

e. Todo trabajo suplementario o de horas extras, dominicales o festivos, debe ser
debidamente autorizado por la Empresa.

6. MECANISMOS GARANTES DEL DERECHO A LA DESCONEXIÓN LABORAL:

SERVIGTEC Ltda. en cumplimiento de la Ley 2191 de 2022 y en aras de garantizar el derecho a la desconexión laboral, establece el siguiente procedimiento interno, con el cual se pretende establecer los términos señalados por la ley para prevenir y evitar, vulneraciones al disfrute de espacios de descanso de los trabajadores, así:

b. Aquellos trabajadores, que, por causa de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, se requieran para cumplir deberes extra de colaboración con la empresa, cuando sean necesarios para solucionar situaciones difíciles o de urgencia en la operación de la empresa, siempre que se justifique la inexistencia de otra alternativa viable.

c. Los trabajadores que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan deban tener una disponibilidad permanente.

4. FUNDAMENTO LEGAL:

La normatividad aplicable para este procedimiento es la relacionada a continuación: Ley 2191 de 2022 de Desconexión laboral, Ley 1010 de 2006 de Acoso Laboral

5. GARANTÍA DE DESCONEXIÓN LABORAL:

A continuación, se establecen los términos previstos para la desconexión laboral, así:

a. La desconexión laboral inicia, una vez el trabajador ha finalizado la jornada laboral pactada o ha iniciado el disfrute del periodo de licencia, vacaciones, permisos, etc.

b. Los trabajadores tendrán derecho a disfrutar de los periodos de descanso, licencias, permisos, vacaciones, esto, con el fin de que pueda gozar de dichos espacios en comunión con su familia, amigos y esparcimiento personal.

c. Una vez finalizada la jornada laboral o iniciado el periodo de permiso, licencia y/o vacaciones, el trabajador no se encuentra en la obligación de atender llamadas, mensajes, correos, etc., siempre y cuando, no se trate de un hecho URGENTE, GRAVE, DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, en el cual se requiera de la atención por parte del trabajador, con el fin de que el buen funcionamiento de la Empresa no se vea afectado.

d. Aquellos Trabajadores que desempeñan cargos y/o funciones, que tienen la calidad de dirección, confianza y manejo, se encuentran exentos de la regulación de la jornada máxima legal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 del C.S.T., por tanto, también se encuentra incluido, dentro de las excepciones de aplicación de la ley 2191 de 2022, que trata sobre desconexión laboral.

e. Todo trabajo suplementario o de horas extras, dominicales o festivos, debe ser
debidamente autorizado por la Empresa.

6. MECANISMOS GARANTES DEL DERECHO A LA DESCONEXIÓN LABORAL:

SERVIGTEC Ltda. en cumplimiento de la Ley 2191 de 2022 y en aras de garantizar el derecho a la desconexión laboral, establece el siguiente procedimiento interno, con el cual se pretende establecer los términos señalados por la ley para prevenir y evitar, vulneraciones al disfrute de espacios de descanso de los trabajadores, así:

b. Aquellos trabajadores, que, por causa de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito,
se requieran para cumplir deberes extra de colaboración con la empresa, cuando sean necesarios para solucionar situaciones difíciles o de urgencia en la operación de la
empresa, siempre que se justifique la inexistencia de otra alternativa viable.

c. Los trabajadores que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan deban tener una disponibilidad permanente.

4. FUNDAMENTO LEGAL:

La normatividad aplicable para este procedimiento es la relacionada a continuación: Ley 2191 de 2022 de Desconexión laboral, Ley 1010 de 2006 de Acoso Laboral

5. GARANTÍA DE DESCONEXIÓN LABORAL:

A continuación, se establecen los términos previstos para la desconexión laboral, así:

a. La desconexión laboral inicia, una vez el trabajador ha finalizado la jornada laboral pactada o ha iniciado el disfrute del periodo de licencia, vacaciones, permisos, etc.

b. Los trabajadores tendrán derecho a disfrutar de los periodos de descanso, licencias, permisos, vacaciones, esto, con el fin de que pueda gozar de dichos espacios en comunión con su familia, amigos y esparcimiento personal.

c. Una vez finalizada la jornada laboral o iniciado el periodo de permiso, licencia y/o vacaciones, el trabajador no se encuentra en la obligación de atender llamadas, mensajes, correos, etc., siempre y cuando, no se trate de un hecho URGENTE, GRAVE, DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, en el cual se requiera de la atención por parte del trabajador, con el fin de que el buen funcionamiento de la Empresa no se vea afectado.

d. Aquellos Trabajadores que desempeñan cargos y/o funciones, que tienen la calidad de dirección, confianza y manejo, se encuentran exentos de la regulación de la jornada máxima legal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 del C.S.T., por tanto, también se encuentra incluido, dentro de las excepciones de aplicación de la ley 2191 de 2022, que trata sobre desconexión laboral.

e. Todo trabajo suplementario o de horas extras, dominicales o festivos, debe ser
debidamente autorizado por la Empresa.

6. MECANISMOS GARANTES DEL DERECHO A LA DESCONEXIÓN LABORAL:

SERVIGTEC Ltda. en cumplimiento de la Ley 2191 de 2022 y en aras de garantizar el derecho a la desconexión laboral, establece el siguiente procedimiento interno, con el cual se pretende establecer los términos señalados por la ley para prevenir y evitar, vulneraciones al disfrute de espacios de descanso de los trabajadores, así:

a. ¿QUIENES SE ENCUENTRAN FACULTADOS PARA PRESENTAR QUEJAS, POR PRESUNTA VULNERACIÓN AL DERECHO DE DESCONEXIÓN LABORAL?: Todos los trabajadores de SERVIGTEC LTDA, con excepción de aquellos que desempeñan cargos y/o funciones, que tienen la calidad de dirección, confianza y manejo.

b. ¿Cómo se debe presentar la queja?: La queja deberá ser presentada en forma escrita, mediante un documento físico o a través de cualquiera de los medios de comunicación oficial de la compañía SERVIGTEC LTDA, esto es, correo electrónico. En el documento se deberá narrar en forma clara los hechos, determinando tiempo, modo y lugar de la presunta vulneración al derecho de desconexión.

c. ¿Ante quién se debe presentar la queja?: La queja deberá presentarse ante el Comité de Convivencia Laboral, a través de los medios de presentación anteriormente descritos, siendo estos los únicos medios de comunicación autorizados para la recepción de quejas.

d. Tramite interno de las quejas presentadas: Una vez se ha recibido la queja, se dará inició al siguiente procedimiento:

  • a. Los miembros del Comité de Convivencia evaluarán los hechos narrados.
  • b. Realizada la valoración de la queja presentada, el Comité de Convivencia Laboral, citará a las partes o les solicitará una explicación por escrito de lo sucedido.
  • c. Surtido el trámite anterior, Comité de Convivencia Laboral emitirá su concepto, sobre si los hechos narrados en la queja constituyen una violación al derecho de desconexión laboral o si, por el contrario, considera corresponden a situaciones difíciles, urgentes, de fuerza mayor o caso fortuito, en los que se requería el cumplimiento de deberes extra de colaboración con la empresa, por parte del trabajador.
  • d. En el evento, que el encargado de evaluar y estudiar la queja, defina que los hechos constituyen una violación al derecho de desconexión, siendo la primera queja presentada por el trabajador, serán citados para previa conciliación y corrección de la conducta. En ningún caso será acoso laboral las conductas que no seas reiterativas, persistentes, y demostrables dentro de las características de acoso laboral.
  • e. En el evento, que el encargado de evaluar y estudiar la queja, defina que los hechos no constituyen una violación al derecho de desconexión, podrá emplear cualquiera de los mecanismos de resolución de conflictos establecidos en nuestra legislación.
  • f. Se aclara que cuando el trabajador quejoso, no se encuentre conforme con la decisión adoptada, podrá solicitar la revisión de su caso, por parte del Comité de Convivencia Laboral, siempre y cuando sea reiterativa, persistente y demostrable la conducta.

Las objeciones que presente el trabajador, en contra de la decisión adoptada por el encargado del área de Recursos Humanos, deberán ser presentadas por escrito, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión.

El Comité de Convivencia Laboral, para la revisión de las objeciones presentadas, surtirá el trámite correspondiente a la ley 1010 de 2006.

De lo contrario puede acudir al Ministerio del trabajo o ejercer la doble instancia ante la jurisdicción laboral competente, siempre y cuando sean conductas reiterativas, persistentes, y demostrables dentro de las características de acoso laboral

7. RESPONSABILIDADES:

a. Dirección de Recursos Humanos:

– i. Incluir dentro del proceso de inducción de los trabajadores, temas relacionados con la
desconexión laboral.
– ii. Divulgar la política de Desconexión Laboral.
– iii. Velar y garantizar el cumplimiento de la Política de Desconexión Laboral

VIGENCIA: Esta política tendrá efectiva vigencia a partir de la fecha de emisión de la misma.

PUBLICIDAD: La copia de la presente política se publicará en un lugar visible para todos los trabajadores, también mediante la utilización de todos los medios y canales electrónicos de SERVIGTEC.

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