En Servigtec cada una de nuestras políticas refleja nuestro compromiso con la excelencia y el cumplimiento estricto de normativas legales y estándares de calidad en Colombia. Este marco operativo asegura que todas nuestras acciones prioricen su tranquilidad y bienestar.
Conocer nuestras políticas es conocer el corazón de nuestra empresa: un modelo de trabajo fundamentado en el respeto, la ética y la innovación. Porque para Servigtec, cuidar lo que más te importa es más que un servicio, es nuestra misión.
Servigtec como empresa que presta sus servicios de vigilancia y seguridad privada implementa, gestiona y mejora mecanismos y estrategias tendientes a anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos laborales que pueden afectar la seguridad y salud en el trabajo, generando un entorno seguro y saludable, en el que se proteja la integridad física y la salud de sus colaboradores, contratistas, subcontratistas y visitantes; con el fin de lograr este compromiso, los colaboradores cumplirán las responsabilidades y normas establecidas en materia de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales, ejecutarán sus funciones con un enfoque preventivo. Nos comprometemos a cumplir las disposiciones legales vigentes y requisitos normativos aplicables, garantizando mecanismos de comunicación y consulta permanente, recursos y despliegue estratégico desde la alta dirección.
Servigtec ltda Desarrolla los principios, compromisos y programas que garanticen una sostenibilidad ambiental a través de la planeación, implementación y mejora continua de metas y objetivos concretos que fomenten la responsabilidad y cultura ambiental al interior de la organización.
Participación y gobernabilidad compartida. Se propenderá la realización y ejecución de proyectos de manera que se involucren diferentes grupos de interés con diferentes aproximaciones para minimizar el impacto ambiental y/o generar estrategias para promover la sostenibilidad.
Gestión de la dimensión ambiental. La gestión de las estrategias, evaluación del cumplimiento e implementación de acciones ambientales serán desde la alta dirección, sin embargo, en toda la dinámica de la operación tanto en los procesos de cara al cliente como los de soporte la gestión ambiental debe generarse como cultura organizacional con una conciencia colectiva que cada acción pueda impactar en el medio ambiente.
Coherencia normativa. el contexto legal y normativo a nivel colombiano e internacional, constituirá a su vez un marco de principios, compromisos y objetivos coherente a nivel de gestión ambiental y desarrollo sostenible. Se tendrán en cuenta los acuerdos internacionales para responder al cambio climático (Acuerdo de parís entre otros)
SERVIGTEC precisa el compromiso que tiene con la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada con y sin arma, escolta a personas y mercancía, monitoreo de alarmas medio canino y medios tecnológicos BASANDOSE EN RELACIONES SEGURAS Y SOSTENIBLES y los más altos estándares de profesionalismo, velando por el respeto de los Derechos Humanos, las leyes y libertades fundamentales, y a su vez, garantizando el cumplimiento de los requisitos legales, contractuales, los requisitos suscritos voluntariamente y demás requisitos aplicables a la Organización.
SERVIGTEC promueve la gestión del riesgo permanente la mejora continua del Sistema de Gestión de Operaciones de Seguridad Privada, la cual contribuye al cumplimiento de las necesidades y expectativas de las partes interesadas, la eficiencia y optimización los procesos operativos de la Organización; evitando, previniendo y reduciendo así el impacto de las consecuencias que acarrea la ocurrencia de los eventos indeseables y perturbadores durante la prestación el servicio.
SERVIGTEC, en el ejercicio de la facultad operativa de hacer uso de la fuerza y de las armas de fuego y de letalidad reducida reconoce y respeta el valor de toda vida y dignidad humana, sin perjuicio a nadie.
El personal diariamente hace frente a una amplia variedad de situaciones, que en algunas ocasiones requieren decisiones inmediatas ante circunstancias de gran tensión e incluso peligrosas. Por lo anterior se precisa necesario valorar la respuesta adecuada a estas situaciones, comprendiendo y apreciando la autoridad y limitaciones que se tienen para ello.
Esta política tiene como objetivo proporcionar pautas para el uso de la fuerza en el contexto operativo de la Empresa, de manera profesional, imparcial y razonable con base en el respeto del Derecho Internacional Humanitario, principios de proporcionalidad y la normatividad legal nacional.
Aplica para el personal operativo y demás trabajadores que requieran hacer uso de la fuerza en el desempeño de sus funciones durante la protección a personas o activos custodiados por la Empresa.
El compromiso que tiene SERVIGTEC con los altos niveles de ética, respeto y confianza en sus Operaciones de Seguridad Privada es un factor clave para su éxito y reputación integral en el mercado. La conducta diaria del personal está guiada por las políticas y valores corporativos.
La Política del denunciante es un elemento importante para la Empresa, mediante el cual se fomenta una cultura organizacional en la que los trabajadores o contratistas pueden denunciar sin temor a represalias, cualquier irregularidad evidenciada que afecte significativamente la fuerza laboral, la empresa o partes interesadas (clientes, proveedores, usuarios, comunidad), de este modo, la política respalda el cumplimiento del Código de ética, conducta y buen gobierno.
En esta política se describe la protección o garantías para el denunciante, el mecanismo para hacer una denuncia, así como los canales de comunicación disponibles.
Aplica para las personas que trabajan en nombre de SERVIGTEC que tienen la creencia razonable que se ha cometido una conducta irregular denunciable.
Actividades, actos o acciones irregulares que van en contra de los Derechos Humanos, en contra de la ley o que ponen en juego el buen nombre de SERVIGTEC, o de sus Clientes.
Algunos ejemplos de actos, actividades o acciones que son denunciables, incluyen, entre otros:
Las denuncias relacionadas en esta política EXCLUYEN quejas personales relacionadas con el trabajo, algunos ejemplos incluyen:
Las quejas personales relacionadas con el trabajo no califican para la protección al denunciante bajo esta Política. Las quejas personales relacionadas con el trabajo deben presentarse a su jefe inmediato.
Al presentar una denuncia, SERVIGTEC, da por hecho que se tienen los motivos razonables para sospechar que la irregularidad es verdadera, no obstante, si la información resulta ser incorrecta después de haber llevado a cabo la investigación, no se tomará ningún tipo de medida contra el denunciante. En cambio, en el caso que se presente una denuncia que sea falsa, maliciosa o en beneficio personal, esto acarreará acciones disciplinarias, sancionatorias o legales según sea el caso.
Para presentar una denuncia en virtud de esta política, se disponen de los siguientes canales de atención. Puede elegir el canal que sea más apropiado dada la naturaleza de la denuncia.
Línea ética: 310 755 0452
Correo electrónico: comunicaciones@servigtec.com
Para llevar a cabo la investigación de la denuncia, esta debe incluir como mínimo los siguientes detalles:
Cuando el denunciante reporte la irregularidad, SERVIGTEC tiene la responsabilidad de protegerlo, lo que incluye mantener la confidencialidad de su identidad y asegurar que no esté sujeto a una conducta perjudicial.
SERVIGTEC, no emprenderá ni tolerará ninguna acción adversa con el denunciante que de buena fe reporte una irregularidad o con las personas que estén involucradas en la investigación de la denuncia.
Algunos ejemplos de conductas perjudiciales incluyen:
El denunciante podrá optar por presentar la irregularidad de forma anónima. Cuando el denunciante presente información que pueda identificarlo, esta solo se compartirá cuando se tenga su consentimiento o cuando la ley lo requiera.
Por otro lado, cuando el cliente se vea afectado por la irregularidad denunciada, SERVIGTEC, se lo informará manteniendo protegida la identidad del denunciante y de las personas que participen en la investigación.
Todas las denuncias serán evaluadas cuidadosamente por el Oficial de Cumplimiento de Servigtec, determinando si se requiere una investigación y se cuenta con las evidencias suficientes para sustentar los hechos denunciados; en caso de ser así, se designará a un investigador, quien será el encargado de recopilar la información necesaria, para analizar el hecho y presentar un informe a la Gerencia y así determinar las acciones apropiadas a tomar.
Cuando sea posible, SERVIGTEC, le informará al denunciante una vez se haya completado la investigación, el resultado de la misma o las acciones tomadas respetando la privacidad de todos los implicados.
SERVIGTEC LTDA. reconoce la problemática y los efectos que genera en los procesos de desarrollo de personas, familias y comunidades LAS ADICCIONES por tal motivo, fija la siguiente política, la cual será un requisito para el desarrollo de la labor de todos los TRABAJADORES y CONTRATISTAS.
En cuanto al consumo de sustancias psicoactivas- drogas- medicamentos no recetados- alcohol-vapeadores y tabaco:
Queda estrictamente prohibido el consumo de alcohol, sustancias psicoactivas, tabaco, drogas no recetadas y vapeadores, por parte de los Trabajadores/contratistas, durante las horas de trabajo, sean estas dentro o fuera de las instalaciones de la misma.
Siendo un requisito desde la contratación, el empleado que se niegue a evaluaciones médicas, pruebas de alcoholemia o exámenes de laboratorio cuando existan motivos para sospechar de la utilización de bebidas alcohólicas, drogas, sustancias alucinógenas enervantes o que creen dependencia, constituirá también motivo suficiente para imponer de inmediato una sanción disciplinaria que irá desde la suspensión temporal en el trabajo, hasta la cancelación, por justa causa, del contrato de trabajo, de acuerdo a las circunstancias.
Servigtec a través del fortalecimiento de los factores protectores, procesos de prevención, tratamiento, rehabilitación integral e inclusión social, que aborden de manera transversal la reducción de daños como las acciones que hacen parte de la atención integral y que minimizan la afectación individual y colectiva. Este enfoque, reconocerá siempre la dignidad humana como fundamento de los derechos humanos en su relación ineludible con el desarrollo, considerando al ser humano como fin en sí mismo
El trabajador /contratistas que presente patologías de adicción tales como:
En cualquier nivel debe declararlo al área de SST para realizar el seguimiento a su tratamiento a través de la EPS de cada trabajador. Esto con el fin de no ver afectado su rendimiento laboral, caer en descuidos u omisiones que menoscaben la prestación del servicio y permita la afectación de la integridad del trabajador como de terceros.
SERVIGTEC LTDA. es una empresa comprometida con el respeto de los derechos humanos y la no discriminación en el marco de sus principios y valores, reconoce la importancia de la Conducta Empresarial responsable. Específicamente, SERVIGTEC LTDA. acoge e interioriza lo establecido en los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de Naciones Unidas, las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales sobre Conducta Empresarial responsable y en los Principios relativos a los derechos establecidos en las Declaraciones y Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Así mismo, reconoce la importancia de lo establecido en los Objetivos de Desarrollo Sostenible y en los 10 Principios de Pacto Global de Naciones Unidas y la adopción del referente técnico del Ministerio de interior de “no discriminación”
Esta política de derechos humanos refleja el compromiso al más alto nivel directivo de SERVIGTEC LTDA. a actuar con integridad y responsabilidad en sus operaciones y relaciones comerciales, así como crear un entorno de trabajo donde se respete la dignidad, igualdad y diversidad de todas las personas involucradas con la empresa, incluyendo empleados, clientes, proveedores y la comunidad en general.
Por lo anterior, SERVIGTEC LTDA. se compromete a generar espacios, iniciativas y actividades para promover el respeto por los derechos humanos al interior de la organización, así como implementar estrategias que permitan la prevención, mitigación o reparación de afectaciones generadas a los derechos humanos en el marco de sus operaciones con el fin de llevar a cabo las acciones enmarcadas dentro de los procesos de debida diligencia.
SERVIGTEC LTDA. reconoce que este compromiso no solo es una responsabilidad ética, sino también una contribución al éxito sostenible a largo plazo de la empresa. Al respetar los derechos humanos, se fomenta la confianza, la lealtad y la productividad de sus empleados, fortalece sus relaciones con clientes y socios comerciales, y genera un impacto positivo en las comunidades donde opera.
La presente política de derechos humanos tiene como objetivo establecer el compromiso de SERVIGTEC LTDA. con el respeto de los derechos humanos e integrar estos principios y prácticas en todas las operaciones, relaciones y actividades de la empresa, garantizando un entorno de trabajo ético, inclusivo y respetuoso conforme a los estándares internacionales de derechos humanos.
Así mismo, esta política permite fijar las expectativas de comportamiento de todas las personas empleadas y colaboradoras, proveedores, clientes, socios comerciales y otros grupos de interés con los que se relaciona en el marco de sus operaciones.
Esta Política es aplicable a SERVIGTEC LTDA. a nivel nacional y tendrá una temporalidad de 3 años con el fin de ser implementada entre el 2024 y el 2027, periodo en el cual se realizará un balance de su implementación con los respectivos hallazgos y retos para poder definir su siguiente versión.
Igualmente, será exigible a todos sus empleados y colaboradores. Adicionalmente, SERVIGTEC LTDA. promoverá que sus proveedores y socios comerciales actúen conforme a los estándares, lineamientos y principios establecidos en esta Política.
Los siguientes principios buscan orientar la comprensión e implementación de esta política y responden a lo establecido en los principios constitucionales y el derecho internacional de los derechos humanos.
SERVIGTEC LTDA. se compromete a incorporar la debida diligencia en el desarrollo de su actividad comercial, con el fin de identificar cuáles son los posibles riesgos e impactos que puede generar sobre los derechos humanos, así como definir medidas y pasos a seguir para prevenir y mitigar estos impactos. Para lo anterior, se compromete a:
Específicamente en el marco del proceso de debida diligencia adelantado con el apoyo de la Cámara de Comercio de Bogotá en 2023, SERVIGTEC LTDA. se compromete a gestionar de manera adecuada los riesgos relacionados con los siguientes derechos priorizados:
Esta política se complementa con los siguientes documentos y procesos previamente establecidos por SERVIGTEC LTDA:
Esta política de derechos humanos es de carácter público y ha sido aprobada por la Gerencia en Comité del alta Gerencia de SERVIGTEC del 2 de noviembre de 2023, con el apoyo y acompañamiento de la Cámara de Comercio de Bogotá en el marco del Proyecto “Acompañamiento e implementación de la Guía de Debida Diligencia para PYMES de Bogotá – Región«. SERVIGTEC LTDA se compromete a asegurar que esté disponible a los diferentes actores y grupos de interés.
Servigtec Ltda consiente de su compromiso con la seguridad, salud en el trabajo y medio ambiente establece estrategias de concientización en los riesgos viales a todos los funcionarios y contratistas provistos con vehículo de la empresa o de terceros y con todos los actores en el dinamismo vial: conductores, pasajeros, ciclistas, motociclistas y peatones, a través de actividades de promoción y prevención de accidentes de tránsito en vías públicas, urbanas y nacionales. Con orientación permanente a la prevención y la participación responsable de cada colaborador en todas las actividades de capacitación, orientación, mantenimiento y control. Se trabajará de la mano con las autoridades y la ARL mejorando los índices de accidentalidad y ausentismo derivados del Riesgo vial.
Los trabajadores y contratistas de nuestra organización deben cumplir con la reglamentación vigente en materia de tránsito y transportes y aplicar las disposiciones dadas en el plan estratégico de seguridad Vial PESV; reportando cualquier situación anormal o de impacto en el desarrollo de la actividad que se considere negativa para el logro de los objetivos.
Esta política es de obligatorio cumplimiento para todos los empleados y contratistas de SERVIGTEC Ltda.
POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
SERVIGTEC LTDA
I. Marco Normativo y Objeto
La Ley Estatutaria 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013, el Decreto 1074 de 2015 y demás normas concordantes regulan la protección de datos personales en Colombia, desarrollando el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar, rectificar y suprimir información recogida en bases de datos o archivos, conforme a los artículos 15 y 20 de la Constitución Política.
SERVIGTEC LTDA adopta la presente Política de Protección de Datos Personales con el fin de:
• Salvaguardar los derechos de los titulares.
• Regular el tratamiento de datos personales en desarrollo de sus actividades.
• Garantizar la adecuada administración, uso, custodia y confidencialidad de la información suministrada por parte de clientes, trabajadores, proveedores y demás grupos de interés.
Cumplimiento Normativo Sectorial
Además de la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y el Decreto 1074 de 2015, SERVIGTEC LTDA da estricto cumplimiento a la Circular Externa No. 20231300000585 del 19 de mayo de 2023, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, mediante la cual se conmina a todos los servicios de vigilancia y seguridad privada a dar cumplimiento a la normatividad relacionada con la protección de datos personales.
En desarrollo de esta Circular, SERVIGTEC LTDA se compromete expresamente a:
1. Informar y garantizar el ejercicio de los derechos de los titulares de los datos personales a conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recopilado de ellos.
2. Tramitar y dar respuesta oportuna a las consultas, solicitudes y reclamos en un término de 15 días hábiles contados de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm.3. Utilizar los datos que hayan sido recolectados para la finalidad que haya sido informada, en este sentido es necesario que se establezca en la política de tratamiento de datos personales, que la información podrá ser compartida entre otros, a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, Policía Nacional y entes de control.
4. Tratar únicamente los datos se encuentren autorizados o no requieran autorización, bajo este sentido, los servicios deberán gestionar la autorización escrita, expresa e informada del titular de la información y conservar la misma.
5. Implementar las medidas de seguridad, acceso y conservación de la información.
De esta manera, SERVIGTEC LTDA reafirma su compromiso con la protección de datos personales, la transparencia en el manejo de la información y el cumplimiento de las disposiciones legales y sectoriales que rigen la vigilancia y seguridad privada en Colombia.
II. Ámbito de Aplicación
Esta política aplica a:
• Clientes y usuarios de servicios, especialmente en contratos de vigilancia y monitoreo de cámaras, donde la custodia de la información recae en el cliente.
• Trabajadores y exempleados.
• Proveedores y contratistas.
• Entidades públicas y privadas.
• Aliados estratégicos y demás grupos de interés definidos en el Código de Ética y Buen Gobierno Corporativo SVT
Las disposiciones cubren todas las sedes, contratos y servicios de SERVIGTEC LTDA en Colombia.
| Nombre o razón social | Servicio de Vigilancia Técnico SERVIGTEC LTDA |
| Nit | 860060112-3 |
| Matricula N° | 00122229 |
| Tipo de sociedad | Sociedad comercial |
| Tipo de organización | Sociedad limitada |
| Dirección | Carrera 63 No 98-45 de Bogotá D.C. |
| Centro de contacto | 601 766 6940 |
| Celular | 310 755 0452 |
| Correo eléctronico | gerencia@servigtec.com |
Servigtec bajo sus mecanismos de control, ética y transparencia a través
de su SAGRILAFT se abstendrá de establecer cualquier relación de
negocios o de cualquier otro tipo con personas naturales o jurídicas
cuando se presenten elementos que conlleven dudas fundadas sobre la
legalidad de las operaciones o licitud de los recursos. Para estos efectos,
no se establecerá ninguna relación de negocios o de cualquier otro tipo
con personas naturales o jurídicas incluidas en listas consideradas por
Servigtec como restrictivas. Las actividades que se realizan para la
prestación del servicio con sus Asociados son estrictamente
confidenciales y la información relacionada no debe ser difundida ni
internamente ni externamente.
Toda persona natural o jurídica que desee vincularse contractualmente con
Servigtec deberá cumplir con los requisitos contemplados en el Sagrilaft y los
procedimientos internos establecidos por el Sistema Integral de Gestión.
Todo asociado debe suministrar la documentación y datos solicitados y deberá
ser consultado en las listas restrictivas / vinculantes ONU.
Si se determina por la criticidad de la operación y el volumen de
servicios/productos debe realizarse visita presencial al domicilio del asociado o
instalaciones físicas con tal de verificar la legalidad de sus operaciones.
Servigtec desde su Sistema Integral de Gestión ha establecido un proceso
interno para la selección y vinculación de personal el cual debe cumplirse en
cada una de las etapas allí descritas por parte del área de Recursos Humanos.
Cualquier persona que aspire a vincularse como empleado, no podrá haber
sido sancionado por ningún tipo de delitos, incluidos los relacionados con
lavado de activos y financiación de terrorismo.
Cuando se compruebe la participación de un empleado en actividades
internas o externas relacionadas con lavado de activos y financiación de
terrorismo será inmediatamente desvinculado.
En SERVIGTEC LTDA., trabajamos bajo un sistema integrado de gestión que asegura la prestación de servicios de asesoría, consultoría, seguridad física, seguridad electrónica, seguridad con medio canino, y protección de personas, vehículos y mercancías, con un enfoque en la gestión integral del riesgo. Nuestro objetivo es prevenir posibles desviaciones o no conformidades, garantizando la calidad, protección y preservación del ambiente, así como la seguridad y la salud en el trabajo.
Por lo tanto, nos comprometemos a:
– Prestar servicios de seguridad de alta calidad que cumplan con las necesidades y requisitos contractuales de nuestros clientes.
– Contar con planes de respuesta ante emergencias que salvaguarden la seguridad y la salud de nuestros empleados, partes interesadas y el medio ambiente.
– Proteger, preservar y gestionar la integridad, confidencialidad, y disponibilidad de los activos de información, así como garantizar la continuidad de las operaciones, previniendo incidentes mediante la gestión de riesgos integrales en seguridad y privacidad de la información. Esto se logra a través de la implementación de controles de seguridad físicos y digitales, orientados a la mejora continua del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información.
– Evitar, prevenir y reducir la probabilidad de consecuencias derivadas de eventos no deseables o perturbadores en nuestras operaciones.
– Planificar y desarrollar actividades orientadas al uso racional de recursos naturales y fomentar la responsabilidad social con nuestras partes interesadas, considerando sus expectativas dentro de un marco ético y participativo.
– Promover la mejora continua y la eficacia del sistema integrado de gestión mediante la formulación, comunicación y seguimiento de los objetivos de cada uno de los procesos de la compañía, con un enfoque socialmente responsable, hacia la protección de trabajadores y partes interesadas.
– Generar valor e innovación.
– No financiar ni participar en actividades ilícitas o en grupos al margen de la ley.
– Cumplir con la legislación, normas, reglamentaciones y obligaciones con partes interesadas aplicables a nuestras actividades, así como otros requisitos que voluntariamente suscriba la organización en materia de calidad, seguridad, salud en el trabajo y medio ambiente en las operaciones de SERVIGTEC a nivel nacional.
– Proporcionar condiciones de trabajo seguras y saludables para prevenir lesiones y deterioros de salud relacionados con el trabajo.
– Promover el desarrollo, protección y bienestar de nuestros trabajadores, garantizando calidad de vida laboral, prevención de enfermedades laborales, accidentes, contaminación, daños a la propiedad e impactos socio-ambientales.
– Identificar constantemente peligros y aspectos ambientales, evaluar, valorar y controlar riesgos e impactos. Esto incluye eliminar peligros y reducir riesgos generados por la organización en todos sus puestos de trabajo, involucrando a todos los trabajadores, contratistas, visitantes y demás partes interesadas.
– Mantener la integridad de los procesos y prevenir/controlar el contrabando, terrorismo, lavado de activos, narcotráfico, fraude, corrupción, soborno y otras actividades ilícitas en nuestras operaciones de seguridad y en la cadena de suministro.
En Bogotá D.C., a 9 de diciembre de 2024, siendo las 11:40 horas, la Alta Gerencia de la compañía aprueba la presente política y se compromete a respaldar económica y activamente los programas establecidos para su cumplimiento, así como a mantenerla actualizada, disponible y difundida al personal, contratistas, clientes y otras partes interesadas.
1. OBJETIVO GENERAL:
De conformidad con la ley 2191 de 2022 la política de desconexión laboral tiene por objeto “implementar la desconexión laboral de los trabajadores de SERVIGTEC LTDA., durante la ejecución de funciones laborales sin importar la modalidad contractual pactada entre las partes, con el fin de garantizar el goce efectivo del tiempo libre y los tiempos de descanso, licencias, permisos y/o vacaciones para conciliar la vida personal, familiar y laboral.
Con base en lo anterior, el objetivo de esta política consiste en establecer los lineamientos que todo jefe y trabajador en SERVIGTEC LTDA., debe seguir para asegurar la desconexión laboral de los trabajadores.
Con el propósito de formalizar la Desconexión Laboral, esta política permite al empleador definir, establecer y divulgar los lineamientos para aplicar la desconexión, los cuales se deben dar a conocer a todos los trabajadores.
2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
En concordancia con los previsto en el artículo 5o de la ley 2191 de 2022 los objetivos específicos de la política de desconexión laboral son:
a. Definir el procedimiento para garantizar y ejercer el derecho a la desconexión laboral de todos los trabajadores de SERVIGTEC LTDA, incluyendo el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).
b. Determinar el procedimiento interno para el trámite de las quejas que garantice el debido proceso e incluya mecanismos de solución del conflicto, verificación del cumplimiento de los acuerdos alcanzados y de la cesación de la conducta.
c. Un procedimiento interno para. el trámite de las quejas que garantice el debido proceso e incluya mecanismos de solución del conflicto y verificación del cumplimiento de los acuerdos alcanzados y de la cesación de la conducta.
3. ALCANCE:
La política va dirigida a todos los trabajadores de SERVIGTEC, con excepción de aquellos, que la legislación laboral y la ley 2191 de 2022, establece como exentos de dicha regulación, así:
a. Trabajadores que desempeñan cargos y/o funciones, que tienen la calidad de dirección, confianza y manejo.
b. Aquellos trabajadores, que, por causa de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, se requieran para cumplir deberes extra de colaboración con la empresa, cuando sean necesarios para solucionar situaciones difíciles o de urgencia en la operación de la empresa, siempre que se justifique la inexistencia de otra alternativa viable.
c. Los trabajadores que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan deban tener una disponibilidad permanente.
4. FUNDAMENTO LEGAL: La normatividad aplicable para este procedimiento es la relacionada a continuación: Ley 2191 de 2022 de Desconexión laboral, Ley 1010 de 2006 de Acoso Laboral
5. GARANTÍA DE DESCONEXIÓN LABORAL:
A continuación, se establecen los términos previstos para la desconexión laboral, así:
a. La desconexión laboral inicia, una vez el trabajador ha finalizado la jornada laboral pactada o ha iniciado el disfrute del periodo de licencia, vacaciones, permisos, etc.
b. Los trabajadores tendrán derecho a disfrutar de los periodos de descanso, licencias, permisos, vacaciones, esto, con el fin de que pueda gozar de dichos espacios en comunión con su familia, amigos y esparcimiento personal.
c. Una vez finalizada la jornada laboral o iniciado el periodo de permiso, licencia y/o vacaciones, el trabajador no se encuentra en la obligación de atender llamadas, mensajes, correos, etc., siempre y cuando, no se trate de un hecho URGENTE, GRAVE, DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, en el cual se requiera de la atención por parte del trabajador, con el fin de que el buen funcionamiento de la Empresa no se vea afectado.
d. Aquellos Trabajadores que desempeñan cargos y/o funciones, que tienen la calidad de dirección, confianza y manejo, se encuentran exentos de la regulación de la jornada máxima legal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 del C.S.T., por tanto, también se encuentra incluido, dentro de las excepciones de aplicación de la ley 2191 de 2022, que trata sobre desconexión laboral.
e. Todo trabajo suplementario o de horas extras, dominicales o festivos, debe ser
debidamente autorizado por la Empresa.
6. MECANISMOS GARANTES DEL DERECHO A LA DESCONEXIÓN LABORAL:
SERVIGTEC Ltda. en cumplimiento de la Ley 2191 de 2022 y en aras de garantizar el derecho a la desconexión laboral, establece el siguiente procedimiento interno, con el cual se pretende establecer los términos señalados por la ley para prevenir y evitar, vulneraciones al disfrute de espacios de descanso de los trabajadores, así:
b. Aquellos trabajadores, que, por causa de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, se requieran para cumplir deberes extra de colaboración con la empresa, cuando sean necesarios para solucionar situaciones difíciles o de urgencia en la operación de la empresa, siempre que se justifique la inexistencia de otra alternativa viable.
c. Los trabajadores que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan deban tener una disponibilidad permanente.
4. FUNDAMENTO LEGAL:
La normatividad aplicable para este procedimiento es la relacionada a continuación: Ley 2191 de 2022 de Desconexión laboral, Ley 1010 de 2006 de Acoso Laboral
5. GARANTÍA DE DESCONEXIÓN LABORAL:
A continuación, se establecen los términos previstos para la desconexión laboral, así:
a. La desconexión laboral inicia, una vez el trabajador ha finalizado la jornada laboral pactada o ha iniciado el disfrute del periodo de licencia, vacaciones, permisos, etc.
b. Los trabajadores tendrán derecho a disfrutar de los periodos de descanso, licencias, permisos, vacaciones, esto, con el fin de que pueda gozar de dichos espacios en comunión con su familia, amigos y esparcimiento personal.
c. Una vez finalizada la jornada laboral o iniciado el periodo de permiso, licencia y/o vacaciones, el trabajador no se encuentra en la obligación de atender llamadas, mensajes, correos, etc., siempre y cuando, no se trate de un hecho URGENTE, GRAVE, DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, en el cual se requiera de la atención por parte del trabajador, con el fin de que el buen funcionamiento de la Empresa no se vea afectado.
d. Aquellos Trabajadores que desempeñan cargos y/o funciones, que tienen la calidad de dirección, confianza y manejo, se encuentran exentos de la regulación de la jornada máxima legal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 del C.S.T., por tanto, también se encuentra incluido, dentro de las excepciones de aplicación de la ley 2191 de 2022, que trata sobre desconexión laboral.
e. Todo trabajo suplementario o de horas extras, dominicales o festivos, debe ser
debidamente autorizado por la Empresa.
6. MECANISMOS GARANTES DEL DERECHO A LA DESCONEXIÓN LABORAL:
SERVIGTEC Ltda. en cumplimiento de la Ley 2191 de 2022 y en aras de garantizar el derecho a la desconexión laboral, establece el siguiente procedimiento interno, con el cual se pretende establecer los términos señalados por la ley para prevenir y evitar, vulneraciones al disfrute de espacios de descanso de los trabajadores, así:
b. Aquellos trabajadores, que, por causa de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito,
se requieran para cumplir deberes extra de colaboración con la empresa, cuando sean necesarios para solucionar situaciones difíciles o de urgencia en la operación de la
empresa, siempre que se justifique la inexistencia de otra alternativa viable.
c. Los trabajadores que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan deban tener una disponibilidad permanente.
4. FUNDAMENTO LEGAL:
La normatividad aplicable para este procedimiento es la relacionada a continuación: Ley 2191 de 2022 de Desconexión laboral, Ley 1010 de 2006 de Acoso Laboral
5. GARANTÍA DE DESCONEXIÓN LABORAL:
A continuación, se establecen los términos previstos para la desconexión laboral, así:
a. La desconexión laboral inicia, una vez el trabajador ha finalizado la jornada laboral pactada o ha iniciado el disfrute del periodo de licencia, vacaciones, permisos, etc.
b. Los trabajadores tendrán derecho a disfrutar de los periodos de descanso, licencias, permisos, vacaciones, esto, con el fin de que pueda gozar de dichos espacios en comunión con su familia, amigos y esparcimiento personal.
c. Una vez finalizada la jornada laboral o iniciado el periodo de permiso, licencia y/o vacaciones, el trabajador no se encuentra en la obligación de atender llamadas, mensajes, correos, etc., siempre y cuando, no se trate de un hecho URGENTE, GRAVE, DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, en el cual se requiera de la atención por parte del trabajador, con el fin de que el buen funcionamiento de la Empresa no se vea afectado.
d. Aquellos Trabajadores que desempeñan cargos y/o funciones, que tienen la calidad de dirección, confianza y manejo, se encuentran exentos de la regulación de la jornada máxima legal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 del C.S.T., por tanto, también se encuentra incluido, dentro de las excepciones de aplicación de la ley 2191 de 2022, que trata sobre desconexión laboral.
e. Todo trabajo suplementario o de horas extras, dominicales o festivos, debe ser
debidamente autorizado por la Empresa.
6. MECANISMOS GARANTES DEL DERECHO A LA DESCONEXIÓN LABORAL:
SERVIGTEC Ltda. en cumplimiento de la Ley 2191 de 2022 y en aras de garantizar el derecho a la desconexión laboral, establece el siguiente procedimiento interno, con el cual se pretende establecer los términos señalados por la ley para prevenir y evitar, vulneraciones al disfrute de espacios de descanso de los trabajadores, así:
a. ¿QUIENES SE ENCUENTRAN FACULTADOS PARA PRESENTAR QUEJAS, POR PRESUNTA VULNERACIÓN AL DERECHO DE DESCONEXIÓN LABORAL?: Todos los trabajadores de SERVIGTEC LTDA, con excepción de aquellos que desempeñan cargos y/o funciones, que tienen la calidad de dirección, confianza y manejo.
b. ¿Cómo se debe presentar la queja?: La queja deberá ser presentada en forma escrita, mediante un documento físico o a través de cualquiera de los medios de comunicación oficial de la compañía SERVIGTEC LTDA, esto es, correo electrónico. En el documento se deberá narrar en forma clara los hechos, determinando tiempo, modo y lugar de la presunta vulneración al derecho de desconexión.
c. ¿Ante quién se debe presentar la queja?: La queja deberá presentarse ante el Comité de Convivencia Laboral, a través de los medios de presentación anteriormente descritos, siendo estos los únicos medios de comunicación autorizados para la recepción de quejas.
d. Tramite interno de las quejas presentadas: Una vez se ha recibido la queja, se dará inició al siguiente procedimiento:
Las objeciones que presente el trabajador, en contra de la decisión adoptada por el encargado del área de Recursos Humanos, deberán ser presentadas por escrito, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión.
El Comité de Convivencia Laboral, para la revisión de las objeciones presentadas, surtirá el trámite correspondiente a la ley 1010 de 2006.
De lo contrario puede acudir al Ministerio del trabajo o ejercer la doble instancia ante la jurisdicción laboral competente, siempre y cuando sean conductas reiterativas, persistentes, y demostrables dentro de las características de acoso laboral
7. RESPONSABILIDADES:
a. Dirección de Recursos Humanos:
– i. Incluir dentro del proceso de inducción de los trabajadores, temas relacionados con la
desconexión laboral.
– ii. Divulgar la política de Desconexión Laboral.
– iii. Velar y garantizar el cumplimiento de la Política de Desconexión Laboral
VIGENCIA: Esta política tendrá efectiva vigencia a partir de la fecha de emisión de la misma.
PUBLICIDAD: La copia de la presente política se publicará en un lugar visible para todos los trabajadores, también mediante la utilización de todos los medios y canales electrónicos de SERVIGTEC.
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